lunes, 22 de julio de 2013

COMUNICADO DE ASEFA SEGUROS

Asefa Seguros ha tenido conocimiento del comunicado emitido por el Consejo General del Poder Judicial, de fecha 18 de julio de 2013, del resultado estimatorio del recurso de casación interpuesto por la Cooperativa de Viviendas de Madrid Jardines de Valdebebas contra la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de fecha 31 de octubre de 2012.

Asefa Seguros está sumamente sorprendida y afectada por esta resolución judicial incomprensible e infundada, tanto en su forma, como en su fondo. Esta decisión ocurre después de una sentencia a favor de Asefa Seguros que venía a reforzar su convicción de que el seguro de cooperativas de Tramo 1 no es y no puede ser un seguro obligatorio de afianzamiento, tanto por la naturaleza de la póliza, como por el carácter incipiente del proyecto de promoción al cual se aplica el contrato. En ningún momento Asefa Seguros ha sido depositaria de las aportaciones de los cooperativistas.

A esta fecha, y a falta de notificación formal por vía reglamentaria, Asefa Seguros todavía no tiene conocimiento del contenido detallado de esta decisión judicial, por lo que no puede valorar su alcance. Asefa Seguros está valorando emprender todas las acciones que fueran pertinentes y los recursos que fueran menester en defensa de sus legítimos intereses. 


jueves, 18 de julio de 2013

El Supremo obliga a las aseguradoras a pagar a los cooperativistas de vivienda

Aunque no es una sentencia que afecte directamente a los socios de la cooperativa de la Teneria, a esperas de sentencia en diferentes procesos judiciales abiertos en diferentes estancias, es una buena noticia en general para los miles de cooperativistas que están a la espera de recuperar el dinero aportado en promociones de vivienda que nunca se construirán, ya que la sentencia del Tribunal Supremo a emitido una sentencia que crea jurisprudencia en todo el territorio nacional dando la razón a los cooperativistas.

La sentencia afecta a miles de familias a las que Asefa y HCC vendieron pólizas de cantidades entregadas a cuenta por casas que nunca llegaron a edificarse

Asefa tendrá que pagar a una sola cooperativa unos siete millones de euros


Hoy están de enhorabuena miles de cooperativistas de viviendas que no llegaron a edificarse. El Supremo en Pleno —en respuesta a un recurso de casación interpuesto por el bufete Sacristán & Rivas en nombre de los cooperativistas de Jardines de Valdebebas—, ha dictado por unanimidad una doctrina que afecta en todo el territorio nacional a todos aquellos a los que las compañías aseguradoras Asefa y Houston Casuality Company Europe (HCC Europe) les vendieron pólizas cuyo nombre no inducía a duda: eran las contempladas en la ley para garantizar que las cantidades entregadas a cuenta para adquirir una vivienda les serían devueltas si no se llegaba a edificar. Pero nunca les devolvieron el dinero, alegando que las pólizas no eran las fijadas por la ley.

Asefa, como la americana Houston Casualty Company Europe (HCC Europe), han vendido pólizas que se presentaban como las que exige la legislación española (Ley 57/58) y Ley de Ordenación de la Edificación) para cubrir todas las cantidades entregadas a cuenta por los cooperativistas con el fin de conseguir una vivienda. Las normas legales quieren garantizar que, en caso de que no se lleguen a edificar, será devuelto el dinero más el correspondiente interés legal.
El problema surgió cuando de las viviendas no había ni rastro y los cooperativistas intentaron cobrar el seguro. Asefa y HCC Europe argumentaron entonces que las pólizas que ellas habían vendido eran otras, distintas de las que fija como obligatorias la ley y por las que los cooperativistas habían pagado importantes sumas y en las que las entidades financieras se habían basado para la apertura de cuentas especiales.
En los tribunales los cooperativistas han ganado más de medio centenar de sentencias y habían ganado todas las resoluciones en la Audiencia Provincial de Madrid hasta que la Sala 14 dictó una en sentido contrario y a favor de Asefa. En juzgados de primera instancia las dos multinacionales habían conseguido imponer sus argumentos en más de una veintena de sentencias, pero en este caso sorprendió porque suponía un cambio de criterio de la propia Audiencia (como ha sorprendido que hayan vuelto a caer en la misma sección, la 14 presidida por el magistrado Pablo Quecedo, otras dos causas referidas a Asefa y HCC Europe).
El bufete Sacristán & Rivas, en el recurso al que ha dado la razón el Supremo anulando esta sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, plantea un recurso de infracción procesal que se sustenta en la falta de imparcialidad del magistrado presidente de la Sección14, por sus relaciones familiares (entre otras y no es la única, ser hermano de una abogado que viene trabajando para Asefa en diferentes causas).
Sacristán & Rivas denuncia que la citada sentencia aplica normas que no están vigentes pero no aplica otras que sí lo están y destaca que se basa en la inexistencia de una fecha de comienzo y terminación de las obras cuando la propia Asefa aportaba un documento que las establecía con claridad.
La sentencia del Supremo, que será publicada en Septiembre, aparte de devolver a los afectados la fe en la Justicia y de su repercusión social, tiene una claro peso económico. Las cantidades entregadas a cuenta que ahora tendrán que devolver estas compañías supera los 100.000 euros por cooperativista en algunos casos. Por otra parte, de no tener que responder las aseguradoras del pago de las cantidades entregadas, como ahora gracias al Supremo tendrán que hacer, hay bufetes como Majavilán, con 4.500 cooperativistas afectados, que reclamarían a las entidades financieras, en su mayoría, cajas de ahorro. Por ley, estas tienen que controlar las cuentas especiales que se abren para depositar el dinero entregado y que no puede destinarse a ningún uso distinto al de la promoción. Pero antes de la apertura de las cuentas tienen que cerciorarse de que existe el seguro o aval de las cantidades entregadas a cuenta que fija la ley.

Nota del Tribunal Supremo

La Sala Primera del Tribunal Supremo, reunida en pleno y siendo ponente el magistrado D. Francisco Marín Castán, ha estimado el recurso de casación de un grupo de cooperativistas que pretendían recuperar sus aportaciones, superiores casi todas a 100.000 euros, a una cooperativa de viviendas de la Comunidad de Madrid (Valdebebas).
El Tribunal Supremo ha considerado que el seguro de caución concertado en su día entre la cooperativa y la compañía de seguros demandada amparaba a los cooperativistas, por tratarse de un seguro obligatorio de acuerdo con la Ley 57/1968 y la Ley de Ordenación de la Edificación de1999.
En consecuencia, se ha anulado la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que desestimaba la demanda de los cooperativistas y se ha condenado a la compañía de seguros demandada a indemnizarles en las mismas cantidades aportadas, con intereses, por la imposibilidad de que les sean entregadas las viviendas.
La sentencia, acordada por unanimidad, se publicará, una vez redactada y firmada, el próximo mes de septiembre


miércoles, 17 de julio de 2013

El Supremo ordena que los cooperativistas de Valdebebas recuperen su dinero

Aunque no es una sentencia que afecte directamente a los socios de la cooperativa de la Teneria, a esperas de sentencia en diferentes procesos judiciales abiertos en diferentes estancias, es una buena noticia en general para los miles de cooperativistas que están a la espera de recuperar el dinero aportado en promociones de vivienda que nunca se construirán, ya que la sentencia del Tribunal Supremo a emitido una sentencia que crea jurisprudencia en todo el territorio nacional dando la razón a los cooperativistas.

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El Tribunal Supremo sienta jurisprudencia y condena a la aseguradora a devolver más de 100.000 euros a unos cooperativistas de Madrid cuyos pisos no se llegaron a construir.

El Tribunal Supremo ha condenado a la aseguradora ASEFA a devolver más de 100.000 euros a todos los miembros de un grupo de cooperativistas afectados, la cantidad que se apropió de forma irregular después de que la promoción de viviendas aseguradas en Madrid no se llegó a construir. Se trata de una sentencia que sienta jurisprudencia y que por tanto marca el camino a todos los recursos de otros cooperativistas que se encuentran paralizados en la Audiencia Provincial de Madrid.

La historia de los cooperativistas de Valdebebas afectados por el fraude de las aseguradoras ASEFA y HCC está más cerca de tener un final feliz. El Tribunal Supremo ha condenado de forma unánime a la aseguradora ASEFA a devolver 120.000 euros con intereses a un grupo de cooperativistas, el dinero aproximado que pagó cada uno a modo de seguro por una promoción de viviendas que nunca se llegó a construir. Se trata de una sentencia que sienta jurisprudencia y marca el camino a los recursos y denuncias presentadas por miles de cooperativistas afectados por este mismo fraude.

Las aseguradoras ASEFA y HCC-Europe han sido llevadas ante la justicia por quedarse con el dinero de varios miles de cooperativistas que lo depositaron a modo de seguro en un proyecto de construcción de casas en varias zonas de Madrid. Las viviendas nunca llegaron a construirse y los cooperativistas reclamaron a la aseguradora la devolución íntegra del dinero que habían depositado. Indica ahora el Tribunal Supremo que "el seguro de caución concertado en su día entre la cooperativa y la compañía de seguros demandada amparaba a los cooperativistas por tratarse de un seguro obligatorio de acuerdo con la Ley".
Una sentencia muy esperada que sienta jurisprudencia
La sentencia ahora revocada por el Tribunal Supremo lleva un largo recorrido por los tribunales españoles: fue la única de la Audiencia Provincial de Madrid que no dio la razón a los cooperativistas y eximió a las aseguradoras de tener que devolver el dinero a los afectados. Ante esta disparidad de criterios, como adelantó la Cadena SER, varias secciones de la justicia madrileña optaron por paralizar los recursos de otros cooperativistas que tenían sobre la mesa hasta que el Tribunal Supremo se pronunciara y sentara jurisprudencia. La sentencia, acordada por unanimidad, se publicará, una vez redactada el próximo mes de septiembre. 
Las acusaciones estiman que en Madrid el número de cooperativistas afectados ascendería hasta las 7.000 personas y la cantidad retenida de forma presuntamente irregular por la aseguradora supere ampliamente los 200 millones de euros.
Polémica en la Audiencia Provincial de Madrid
La decisión de la sección decimocuarta de la Audiencia Provincial de Madrid de eximir a las aseguradoras de devovler el dinero no fue la única polémica que rodeó a la sentencia que ahora ha sido anulada: los cooperativistas también denunciaron al juez que la dictó por ser familiar de uno de los abogados que trabaja para una de las aseguradoras.
Según reveló entonces la Cadena SER, la Fiscalía de Madrid estimó que este juez de la Audiencia Provincial y su hermano no sólo no coincidieron en este procedimiento en curso, sino que no coinciden en un mismo pleito desde hace algo más de cinco años. La autoridad fiscal también reconoció entonces que la sentencia en cuestión sigue un criterio diferente a otras resoluciones sobre el mismo tema, pero que en cualquier caso "no es irrazonable y no se aparta del orden jurídico".