miércoles, 17 de abril de 2013

¿Pueden Las Aseguradoras manipular los procesos judiciales?


Antes del estallido de la burbuja inmobiliaria, cuando las promociones de vivienda en régimen de cooperativa eran la única forma de acceso asequible a la vivienda a precio razonable, las aseguradoras ASEFA y HCC  Europe no reparaban en emitir pólizas para dar cobertura a las promociones inmobiliarias y asegurar las cantidades entregadas a cuenta por los cooperativistas para la adquisición de viviendas a cambo de  cuantiosas primas. En aquel momento no paraban de repetir que sus pólizas daban cobertura según estaban previstas en las leyes 57/68 y la LOE de 1999. Seguramente, en plena burbuja inmobiliaria, creerían en el negocio de las cooperativas.
Todo iba bien hasta el estallido de la burbuja inmobiliaria. Las cooperativas de viviendas se ven obligadas a declararse en Concurso Voluntario de Acreedores motivado principalmente por el siniestro producido por la imposibilidad real y económica de llevar la promoción de viviendas a su fin. Los sueños de los cooperativistas se desvanecen, siendo la ejecución de la póliza de la aseguradora la única vía legal existente para la recuperación de las cantidades entregadas a cuenta.
Es entonces cuando comienza un nuevo, tortuoso, lento y desesperante camino  para los miles de cooperativistas atrapados en procesos judiciales en espera de sus correspondientes sentencias.
Lo que no se debe consentir es que el poder judicial, supuestamente independiente, se vea manipulado por los intereses de las grandes aseguradoras en contra de los cooperativistas que en su día pusieron su inversión en manos de estas compañías.
El Tribunal Supremo y medio centenar de resoluciones sostienen que, cuando se venden pólizas de seguro en garantía de devolución de cantidades entregadas a cuenta para conseguir una vivienda, estas no pueden dar coberturas por debajo de las previstas en las leyes 57/68 y la LOE de 1999. Es un derecho irrenunciable: desde el primer euro debe estar garantizado con un aval o seguro que garantice su devolución. Las leyes citadas amparan las cantidades entregadas a cuenta, desde el primer euro dado, y tanto en promociones en cooperativa como en promociones convencionales, hayan o no empezado las obras y sean libres o protegidas. Y tal derecho es irrenunciable.
A raíz de una reciente sentencia de la sección 14 de la Audiencia Provincial de Madrid que falla a favor de la aseguradora ASEFA, revocando así una sentencia de primera instancia que daba razón a los cooperativistas,  se levanta la sospecha de que el Magistrado que ha emitido dicha sentencia, Pablo Quecedo Aracil ha podido verse influenciado por los intereses de la Aseguradora a la hora de emitir sentencia, dando un presunto trato de favor a su hermano Rafael Quecedo Aracil (abogado que lleva casos de ASEFA). Además, Juan Uceda Ojeda, concuñado de Pablo Quecedo ha sido ponente en la sentencia de la polémica.
Lo peor, es que me temo que ASEFA y HCC Europe pueden están influyendo en el departamento de reparto de la Audiencia Provincial de Madrid, para que todos sus asuntos se adjudiquen a dicho Magistrado, ya que existe abierto otro proceso importante pendiente de resolución en la Audiencia Provincial que afecta a más de 300 cooperativistas de la cooperativa de viviendas “LA TENERIA SCM” de Moraleja de Enmedio y que "por casualidad" ha recaído también en esa misma sección 14.
Por estas razones, los integrantes de la Asociación de Cooperativistas del Sureste (ACAS) han convocado una serie de concentraciones los días 17 y 24 de abril a las 19:00 horas en la sede de la Audiencia Provincial, ubicada en la calle Ferraz, 41, para protestar por la posible falta de imparcialidad del magistrado. Creo que en esta ocasión, los cooperativistas de LA TENERIA pendientes de resolución judicial de la sección 14 de la Audiencia Provincial de Madrid, deberían manifestar su descontento apoyando a la Asociación de Cooperativas del Sureste para evitar que el Magistrado Pablo Quecedo Aracil lleve el caso de la TENERIA.

Oscar

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